000 01324nam a22002174a 4500
999 _c1125
_d1125
003 OSt
005 20191001210141.0
008 t bo gr 000 u spa u
040 _aBoLpBGBI
041 _aspa
044 _cBO
100 _aSaavedra, Bautista
245 _aEl litigio :
_bPerú-boliviano
260 _aLa Paz :
_bImp. Artística,
_c1903.
300 _a158 p. :
_bmapas ;
_c22 cm.
520 _aLitigio de límites entre Bolivia y el Perú, donde se rechaza y observa las propuestas por parte de Bolivia las pruebas presentadas por la defensa peruana. La honorable comisión asesora del excelentísimo gobierno federal, en el acta que, para norma y régimen del debate fronterizo, redactó en 10 de noviembre de 1904, ha instituido: que, "las partes podrán observar y tachar las nuevas pruebas presentadas, quedándoles prohibido, sin embargo, aducir nuevos razonamientos ni producir probanzas, limitándose el plazo para ejercitar este derecho treinta días, que se contarán desde la fecha en que se hubiera puesto en conocimiento de las partes, la réplica de la contraria". Acatando cumplidamente, como que ello estamos reatados, lo proveído por el excelentísimo tribunal, se hizo uso de nuestro derecho.
650 _aJuicios
651 _aPerú
651 _aBolivia
942 _2ddc
_cLI
_zOP